sábado, 11 de septiembre de 2010

A propósito de las serpientes exóticas invasoras: nueva normativa sobre tenencia y comercialización de ofidios en Canarias

El pasado 9 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial de Canarias un anuncio por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de Decreto que regula la tenencia y comercialización de ofidios en la Comunidad Autónoma de Canarias. (ver aquí). En la página de la Consejería de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de Canarias, puede accederse al borrador del proyecto (ver aquí). El plazo de información pública es de 15 días hábiles a partir del siguiente a su publicación.
Como puntos más importantes del decreto podemos destacar los siguientes:
* el número de especies de ofidios que pueden tenerse o comercializarse en Canarias es de 24:
15 boas (4 del género Boa, 3 Candoia, 4 Corallus, 4 Epicrates) y 9 pitones (4 Morelia, 3 Phyton, 1 Leiophyton, 1 Liasis). Además 8 de ellas tienen la consideración de potencialmente peligrosas.
* Deben tener un microchip, al igual que otras mascotas.
* El vendedor debe informar sobre los datos personales del comprador
* Deben estar censadas en el Censo municipal de Animales de Compañía de los ayuntamientos
* Deben notificarse los nacimientos de especímenes en cautividad.
* Deben notificarse las liberaciones accidentales
* Se prohíben la tenencia comercialización y exhibición de ofidios venenosos
* En un plazo de 6 meses después de la entrada en vigor del decreto las personas que tengan ofidios no incluidos en el catálogo deberán notificarlo. Se prohibirá su reproducción, venta o cesión.

Como consecuencia de la puesta en vigor de este decreto queda prohibido tener en los hogares, entre otras, a la culebra real de California, Lampropeltis getulus, causante de una plaga de la que hemos hablado otras veces en este blog, en la isla de Gran Canaria. También estarán prohibidas exposiciones de animales venenosos como la que pudimos ver hace muy poco en un centro comercial de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (cf. aquí). Estas empresas dedicadas a la exposición de flora y fauna (sobre todo de fauna) exótica se verán seriamente afectadas por esta nueva normativa.
Esperemos que la respuesta de algunos poseedores de estos animales no sea quitarse el problema de encima soltándolos.

Lampropeltis getulus capturada en una urbanización de Agüimes, fuera de la zona en que se conoce su asilvestramiento en Gran Canaria (imagen tomada de la publicación digital Triángulo Digital)

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