lunes, 8 de febrero de 2010

¿Cuál debe ser el ámbito territorial de la calificación de invasora para una especie?


Desde hace algunos años se dispone de listados internacionales, nacionales y regionales de especies invasoras, y en base a estos catálogos se trabaja en la elaboración de la normativa en cada territorio. Pero, ¿cuál es el ámbito territorial más adecuado para delimitar la peligrosidad de una especie como invasora?¿El ámbito nacional, el regional, el insular? Hace poco aparecía una noticia sobre la erradicación de Asparagus asparagoides en un matorral costero de Cádiz, y se le calificaba diciendo: "Se trata de una especie exótica, una "peligrosa" planta invasora nativa de Sudáfrica usada ocasionalmente en jardinería y que está amenazando con "invadir y desplazar" a flora "amenazada y autóctona" de la zona." (confirmar en http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-junta-andalucia-erradica-peligrosa-planta-invasora-amenaza-especies-parque-barrosa-cadiz-20100205120649.html). En el mismo artículo periodístico se señala que en Australia está calificada como una de las 20 especies invasoras más peligrosas.
En Canarias esta planta está calificada como introducida segura, pero nunca se ha señalado como poseedora de un potencial invasor destacable. Habita en zonas de medianías húmedas, en zonas de termófilo (acebuchales, palmerales), alcanzando las zonas bajas del monte verde.
Si se añade al catálogo de especies invasoras en la Península, ¿tendrá el mismo calificativo en Canarias? ¿Lo será incluso en toda la Península o se circunscribe a la costa atlántica andaluza? Lo lógico sería poseer listados locales, pero normativamente podría producir problemas legales.

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